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VI13 Cualesquiera otros

Page history last edited by Maestro JuanLuis 7 years, 4 months ago

A.- Horario complementario.­

Las horas de dedicación al centro, no con alumnos/as, será los lunes de 15:30 a las 18:30 horas en el CEIP Padre Manjón y Cardenal Cisneros.

En el CEIP San Isidro Labrador y Taxara será los lunes de 16:00 a 19:00 horas.

 

Este horario deberá garantizar  todas las reuniones necesarias de los Órganos de Coordinación docente, en caso necesario el Equipo Directivo organizará dichas reuniones  los martes y miércoles de las 14 a las 15 horas.

 

B.- Asignación de Tutorías

La asignación de los diferentes cursos, grupos de alumnos y alumnas y áreas dentro de cada enseñanza la realizará la dirección del centro, en la primera semana del mes de septiembre de cada año, atendiendo a los criterios establecidos para la asignación de las tutorías, descritos a continuación, de acuerdo con las líneas generales de actuación pedagógica del centro y orientados a favorecer el éxito escolar del alumnado.

Para tal efecto, el equipo directivo, al iniciar el nuevo curso escolar dará a conocer estos criterios y se procederá a la asignación de tutorías, teniendo en cuenta que en última instancia tomará la decisión la dirección del centro. En caso de igualdad de condiciones entre los aspirantes, la dirección del centro podrá utilizar otros criterios de adjudicación como son por este orden: antigüedad en el centro, antigüedad en el cuerpo  y en último caso el sorteo. 

   

Cada unidad o grupo de alumnos y alumnas tendrá un tutor o tutora que será nombrado por la dirección del centro, a propuesta de la jefatura de estudios, de entre el profesorado que imparta docencia en el mismo.

 

La tutoría del alumnado con necesidades educativas especiales será ejercida en las aulas específicas de educación especial por el profesorado especializado para la atención de este alumnado. En el caso del alumnado con necesidades educativas especiales escolarizado en un grupo ordinario, la tutoría será ejercida de manera compartida entre el maestro o maestra que ejerza la tutoría del grupo donde esté integrado y el profesorado especialista.

 

Criterios:

 

Continuidad:

  • Se tendrá en cuenta que aquellos maestros y maestras que, durante un curso escolar, hayan tenido asignado el primer curso de cualquier ciclo de la educación primaria, del segundo ciclo de la educación infantil o del primer ciclo de la secundaria, permanecerán en el mismo ciclo hasta su finalización por parte del grupo de alumnos y alumnas con que lo inició, siempre que continúen prestando servicio en el centro.
  • El profesorado que termina ciclo con un grupo de alumnos/a, después de haber permanecido los dos cursos con este, no podrá seguir con el mismo grupo.

 

Concentración y estabilidad:

  • Se debe procurar que el menor número de profesores imparta clase a un grupo de alumnos, siendo éste criterio de especial aplicación en el primer ciclo.

 

Características del grupo:

  • Para la designación de tutor-a de un determinado grupo se tendrán en cuenta las particularidades colectivas e individuales del mismo (alumnado NEAE…)
  • La tutoría del alumnado con necesidades educativas especiales escolarizado  en un grupo ordinario  será ejercida de manera compartida entre el maestro o maestra que ejerza la tutoría del grupo donde esté integrado y el profesorado especialista.

 

Especialidad:

  • Los maestros/as especialistas que impartan Inglés, Educación Física y Música podrán ser tutores, preferentemente en el tercer ciclo.
  •  A los maestros y maestras que impartan el área de idioma, una vez cubierto el horario de los grupos de educación primaria, se les encomendará la iniciación en una lengua extranjera en el alumnado de educación infantil, comenzando con los de cinco años, siempre que el horario lo permita. 

 

Idoneidad:

  • La asignación de los diferentes cursos, grupos de alumnado y áreas la realizará la dirección del centro, a propuesta de la jefatura de estudios, habiendo recogido las opiniones de los interesados y atendiendo a estos criterios pedagógicos y organizativos. 
  • Para impartir docencia en el tercer ciclo de Ed. Primaria será tenida en cuenta la formación del profesorado en la utilización de los recursos informáticos y de la Red (Plan Escuela TIC 2.0) y el compromiso firme de la utilización de todos los recursos TIC en el aula.

 

Eficacia organizativa.

  • Los miembros del Equipo Directivo impartirán clases en el ciclo de Educación Primaria que permita un mejor desempeño de sus tareas. En caso de permanecer en el primer ciclo de Educación Primaria o pertenecer a Educación Infantil, las horas de dedicación a las funciones directivas serán cubiertas por un solo docente, en horario regular de sesiones completas. 
  • La adjudicación de un determinado puesto de trabajo no exime al profesorado de impartir otras enseñanzas o actividades que pudieran corresponderle, de acuerdo con la organización pedagógica del centro y con la normativa que resulte de aplicación. 
  • Para completar el horario de cualquier tutor o tutora, que por circunstancias de sus funciones: tutor/a más Cupo de Apoyo y Refuerzo, tutor/a y especialista, tutor/a más función directiva,… , en primer lugar se hará con profesorado del propio ciclo. 
  • Estos criterios serán tenidos en cuenta, y estarán presentes, en la propuesta que la Jefatura de Estudios realice en la primera semana del mes de septiembre de cada curso académico. Corresponde al Director/a realizar la designación de tutores-as y asignación profesores y profesoras de los distintos grupos y enseñanzas de entre el profesorado que imparte docencia en el Colegio 
  • Una vez realizada la asignación de acuerdo con los criterios anteriores, el proceso continuará teniendo en cuenta la antiguedad en el centro y después en el cuerpo.

 

C.- Actividades complementarias y extraescolares

Los tutores estarán obligados a acompañar a sus alumnos/as en las actividades extraescolares, y a todas aquellas actividades que se realicen fuera del centro siempre que hayan sido programadas por ellos/as.

 

En las actividades complementarias que se desarrollen en  el Centro, el alumnado estará siempre acompañado por los tutores/as y/o especialistas,  que le corresponda, según su horario.

 

Para las salidas de los alumnos/as del Centro, será necesario la autorización del padre, madre o tutor.

 

Si algún/a niño/a no trae la autorización o no desea realizar dicha  actividad, el centro se hará cargo de dichos alumnos/as de la siguiente manera:

 

a)     Si es un número considerable de alumnos/as en cada nivel, irá un maestro/a y se quedará el otro/a con los alumnos/as de ambas clases, en primer lugar de forma voluntaria o por sorteo o turno en el caso de que no haya acuerdo.

 

b)     Cuando es un número reducido, se hará cargo el equipo docente del mismo ciclo, y si va todo el ciclo,  los maestro/a de apoyo y refuerzo y los especialistas.

 

c)      Los especialistas que no participen en dicha actividad, las horas que deberían impartir a esos grupos,  la dedicarían a la atención del alumnado que no realizan esa actividad.

 

d)     El Centro arbitrará los medios para que ningún alumno/a se quede sin la actividad por falta de dinero.

 

e)     El profesorado especialista podrá acompañar  al grupo o ciclo  siempre que  imparta ese día el mayor número de sesiones.


ACLARACIONES A LOS CRITERIOS A TENER EN CUENTA PARA LA ORGANIZACIÓN DE LA ATENCIÓN DEL ALUMNADO QUE REALIZA UNA SALIDA EN UNA ACTIVIDAD COMPLEMENTARIA O EXTRAESCOLAR.


  1. Una actividad complementaria o extraescolar, sobre todo si implica el uso de un medio de transporte, debe inexcusablemente estar aprobada por el Consejo Escolar del Centro, recogida en el Plan de Centro y autorizada expresamente por escrito por los tutores legales del alumnado.
  2. La autorización debe seguir el modelo existente en el centro y tiene dos apartados fundamentales: Uno en el que se informa a los padres acerca de aspectos educativos y didácticos relacionados con la actividad que se plantea y otro en el que se le solicita la autorización y condiciones para participar en la misma.  Disponemos de dos versiones, una versión para Infantil y Primer Ciclo de Primaria y otra versión para el resto de ciclos.  Cada organizador/a de actividad puede elegir el que considere más conveniente y hacer las adaptaciones necesarias:
    1. Ver el modelo de Infantil y Primer Ciclo de Primaria aquí>>>
    2. Ver el modelo de autorización para el resto de ciclos de Primaria y Secundaria aquí>>>
  3. Una actividad podrá realizarse si existe autorización escrita de los tutores/as y se ha recogido el importe de la misma, de al menos un 75 % del alumnado de la unidad o grupo de referencia. En caso contrario, la actividad NO podrá desarrollarse por falta de interés de las familias y además, porque muy probablemente no será viable económica ni organizativamente.
  4. Si la actividad la organiza uno o más ciclos, podrán existir grupos más numerosos, aunque el porcentaje que se aplicará será igualmente del 75 %.
  5. Por precaución y atención del grupo viajero en caso de necesidad o emergencia, nunca podrá realizar la actividad un profesor/a individualmente, siendo necesaria la asistencia de al menos 2 profesores/as por 25 alumnos/as.
  6. Cuando sea uno o más ciclos los que desarrollen la actividad conjuntamente, el equipo o equipos de ciclo implicados, serán quienes organicen la atención del alumnado que participa en ella y del que se queda en el centro, de modo que todos ellos queden debidamente atendidos, siendo obligatorio el comunicarlo a la Jefatura de Estudios.
  7. Los especialistas y resto del profesorado, podrán participar como acompañantes en la actividad, siempre que organizativamente sea factible y no repercuta en el horario curricular del resto del alumnado del centro, debiendo contar con la aprobación de la Jefatura de Estudios.
  8. El responsable de la actividad debe comunicar por escrito a la Jefatura de Estudios los detalles organizativos de la actividad (lugar, horario, medio de transporte,...) para que tenga constancia de su realización el centro  cumplimentando la ficha de viaje y entregándola a la Jefatura de Estudios.  Ver la ficha aquí>>>

 

 D.- Distribución de los especialistas y no tutores  en los distintos ciclos 

Según el artículo 80 del Decreto 328/2010, de 13 de julio.

 

Cada equipo de ciclo estará integrado por los maestros y maestras que impartan docencia en él. Los maestros y maestras que impartan docencia en diferentes ciclos serán adscritos a uno de éstos por la dirección del centro, garantizándose, no obstante, la coordinación de este profesorado con los otros equipos con los que esté relacionado, en razón de las enseñanzas que imparte.

 

Los maestros y maestras especialistas serán adscritos  en los diferentes ciclos, de igual modo por la dirección del centro.

 

E.- DISTRIBUCIÓN DEL ALUMNADO 

 

DISTRIBUCIÓN DEL ALUMNADO DE 3 AÑOS.

La distribución del alumnado de tres años en las unidades correspondientes se llevará a cabo antes del comienzo del curso académico correspondiente entre los Tutores de estos cursos y el Equipo Directivo. La distribución se realizará atendiendo a los siguientes criterios:

1.- Se harán dos listas, una con todos los niños y otra con todas las niñas, ordenadas ambas por  fecha de nacimiento creciente (aaaa/mm/dd).

2.- Los niños  y las niñas impares  se adscribirán al grupo A; los niños  y las niñas pares al grupo B.

 

El alumnado con Dictamen de Escolarización no se incluirá en las listas a que se refiere el apartado anterior. Se distribuirá uniformemente entre los grupos A y B, intentando igualar el número en cada grupo, con el fin de procurar la mejor atención posible.

 

En caso de alumnos/as mellizos y/o gemelos se consultará a la familia para tener en cuenta su opinión a la hora de incluirlos en los grupos.

 

DISTRIBUCIÓN DEL ALUMNADO QUE PASA DE INFANTIL A PRIMARIA:

Al terminar la Etapa de Infantil, al pasar a Primaria, el Equipo Docente, junto el el Orientador del Colegio, realizará una reestructuración completa del alumnado, siguiendo unos criterios aprobados en Claustro y Consejo Escolar del día 28 de junio de 2016. Estos criterios son los siguientes:

-          Equiparación a nivel académico

-          Igualdad por sexo

-          Distribución igualitaria de los alumnos repetidores  (de 1º si los hubiese)

-          Afinidad entre compañeros.

-          Valorar las características personales de los alumnos para evitar dificultades de integración.

-          Sopesar la distribución de alumnos disruptivos

-          En el supuesto caso de hermanos en la misma clase, se estudiará las diversas opciones, como son: autonomía, individualidad e independencia de cada niño, valorando su desarrollo personal y evolutivo.

 

En el resto de los ciclos se estudiará puntualmente algún caso para el posible cambio de clase. Los escolares que permanezcan un año más en el ciclo y los de nuevo ingreso se distribuirán igualando las ratios. Se considerará la Adaptación Curricular Individualizada igual que el Dictamen de Escolarización.

 

F.- EQUIPO INFORMÁTICO 

a)     Todo el equipamiento informático del centro será reparado o repuesto con la mayor celeridad posible.

b)     Si la anomalía es imputable a un mal uso por parte de escolares, éstos correrán con los gastos de reparación o reposición.

 

 

G.- PLAN DE APOYO A LAS FAMILIAS

- Todas las actividades extraescolares que se desarrollen en el marco del plan de apertura del centro tendrán prioridad en la asignación de tiempos y espacios.

- Todos los servicios ofertados dentro del plan de apertura del centro tendrán carácter voluntario para el alumnado.

- Las familias que soliciten estos servicios tendrán la obligación de abonar el importe de los mismos mediante domiciliación bancaria.

- Todas las familias podrán solicitar  bonificaciones rellenando el anexo correspondiente.

- Las familias que no efectúen los pagos correspondientes perderán su derecho al uso de los servicios hasta tanto no abonen las cantidades correspondientes, incluidos los gastos originados por el impago.

 

H.- EL CENTRO Y EL MUNICIPIO

Se mantendrán relaciones de coordinación y colaboración con el resto de centros y servicios educativos del municipio y con el Ayuntamiento.

Estas relaciones se podrán extender, a través de los medios telemáticos, a cualquier parte del mundo.

 

I.- ASOCIACIONES DE PADRES DE ALUMNOS Y ASOCIACIONES DE ALUMNOS

En el centro podrán existir asociaciones de padres de alumnos, reguladas en el Real Decreto 1533/1986, de 11 de julio, en el Título VII del Decreto 200/97 y Título VI del Decreto 201/97.

 

Estas asociaciones podrán:

- Elevar al Consejo Escolar propuestas para la elaboración del proyecto educativo y de la programación general anual.

- Informar al Consejo Escolar de aquellos aspectos de la marcha del Centro que consideren oportuno.

- Informar a todos los miembros de la comunidad educativa de su actividad

- Recibir información del Consejo Escolar sobre los temas tratados en el mismo, así como recibir el orden del día de dicho consejo antes de su realización, con el objeto de poder elaborar propuestas.

- Elaborar informes para el Consejo Escolar a iniciativa propia o a petición de este.

- Formular propuestas para la realización de actividades complementarias.

- Conocer los resultados académicos globales y la valoración que de los mismos realice el Consejo Escolar.

- Recibir un ejemplar del proyecto educativo, de los proyectos curriculares de etapa y de sus modificaciones.

- Recibir información sobre los libros de texto y los materiales didácticos adoptados por el centro.

- Fomentar la colaboración entre todos los miembros de la comunidad educativa.

- Utilizar las instalaciones del centro en los términos que establezca el Consejo Escolar.

 

Las asociaciones de padres de alumnos asumirán las siguientes finalidades

- Asistir a los padres, madres o tutores en todo aquello que concierne a la educación de sus hijos o pupilos.

- Colaborar en las actividades educativas de los centros.

- Promover la participación de los padres de los alumnos en la gestión del centro.

- Asistir a los padres de alumnos en el ejercicio de su derecho a intervenir en el control y gestión de los centros sostenidos con fondos públicos.

- Facilitar la representación y la participación de los padres y madres de alumnos en los consejos escolares de los centros públicos y concertados y en otros órganos colegiados.

- Cualesquiera otras que, en el marco de la normativa a que se refiere el artículo anterior, le asignen sus respectivos estatutos.

 

J.- ALUMNOS

Todos los alumnos tienen los mismos derechos y deberes, sin más distinciones que las derivadas de su edad y del nivel que estén cursando.

Todo el alumnado estará  sujeto de acuerdo al Plan de Convivencia del centro,  aprobado en Claustro y Consejo Escolar.

Todos los alumnos tienen el derecho y el deber de conocer la Constitución Española y el respectivo Estatuto de Autonomía, con el fin de formarse en los valores y principios reconocidos en ellos.

 

K.-PERSONAL DE ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS

Se regirá por lo establecido en sus respectivos convenios.

La jornada laboral, los permisos y las vacaciones del personal funcionario que desempeñe labores de carácter administrativo o subalterno será la establecida con carácter general para los funcionarios públicos. Dicha jornada deberá cumplirse en su integridad en el propio centro, con su respectiva distribución horaria.

El personal laboral tendrá la jornada, permisos y vacaciones establecidos en su convenio colectivo.

El secretario /a velará por el cumplimiento de la jornada del personal de administración y servicios, y pondrá en conocimiento inmediato del director cualquier incumplimiento. El procedimiento a seguir será el mismo que se fija para el personal 

 

L.- DELEGADOS DE PADRES Y MADRES

 

El Decreto 328/2010, de 13 de julio, recoge en su artículo 22, la elección de delegado o delegada de padres y madres.

Este/a delegado/a será elegido/a cada Curso Escolar por los propios padres/madres/representantes legales del alumnado.

 

Sus funciones serán las siguientes:

Representar a los padres y madres de alumnos del grupo y mantener una relación fluida y colaboradora con el tutor/a,  dentro del horario destinado para tal fin.

Participar en el desarrollo de actividades que se le encomienden en la mejora de la convivencia y del rendimiento escolar del alumnado.

Aportar y dar información al resto de las familias sobre temas educativos y aspectos relacionados con la vida y organización escolar del centro y del aula.

Animar a los padres y madres a participar en la dinámica de la escuela para conseguir el éxito académico de todo alumnado del grupo.

Facilitar la implicación de las familias en la mejora de la convivencia escolar y mediar si fuera necesario en la resolución de conflictos. 

Asistir a las asambleas de Delegados y Delegadas que se convoquen.

Ayudar a el/la tutor/a y al Centro en aquellas actividades o tareas en las que haga falta la coordinación de todas las familias del grupo.

Convocar reuniones, previo consentimiento de la Dirección del Centro, con el resto de los/as padres y madres para transmitirle la información necesaria, hablar de las posibles problemáticas que afectan al grupo, proponer soluciones y hacer peticiones a la AMPA para transmitirlas a la Dirección.

Otras que posteriormente se determinen.

 

M.- REVISIÓN  DEL ROF

El presente R.O.F. se estructura como un documento abierto y en constante evolución. Cualquier miembro de la Comunidad Educativa

puede sugerir la revisión de las normas o proponer otras nuevas.

 

El presente Reglamento de Organización y Funcionamiento entrará en vigor el día 1 de septiembre de 2012, tras su aprobación en el Claustro y Consejo Escolar.

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