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VI7- Forma colaboración gestión programa gratuidad libros

Page history last edited by Maestro JuanLuis 12 years, 10 months ago

La Orden de 27 de abril de 2005, dispone que los libros de texto serán propiedad de la Administración Educativa y permanecerán, una vez concluido el curso escolar, en el centro docente donde el alumnado haya cursado las enseñanzas, de forma que puedan ser utilizados por otros alumnos/as en años académicos sucesivos.

Así, desde el centro escolar y las familias se educará al alumnado en su obligación de cuidar el material y mantener los libros en buen estado.

Dadas las características de los libros de texto que se utilizan en el primer ciclo de educación primaria es necesaria su reposición en todos los cursos escolares.

 

  7.1.- COLABORACIÓN DE LOS TUTORES/AS.

  • Informarán al alumnado de las normas de utilización de los libros y las obligaciones en caso de deterioro o pérdida.

  • Preparará y entregará los libros de texto que hayan sido recogidos al finalizar el anterior curso escolar para su reutilización, teniendo siempre presente el estado que dejó sus anteriores libros.

  • Se encargará durante los primeros días del curso de poner en los nuevos libros de texto adquiridos la impresión del tampón  pegatinas generadas en Séneca, donde figura el nombre del alumno/a y curso escolar.

  • Supervisará a lo largo del curso la correcta utilización de los libros de texto por parte de sus alumnos/as y que hagan de este uso una ocasión para mejorar la educación en valores y actitudes solidarias.

  • Prestará especial atención a que los libros de texto sean devueltos por el alumnado al finalizar el curso, con tiempo suficiente para revisarlos y prepararlos para el curso siguiente.

  • Rellenará un estadillo donde aparecerán cada uno de sus alumnos/as y el estado en que entrega cada uno de los libros. Se procurará que el curso siguiente reciba libros en estado de conservación similar al que dejó.

  • Comunicará a los representantes legales de los alumnos/as que hayan usado incorrectamente los libros, la obligación de reponer el material deteriorado o extraviado (Anexo II) dentro de los 10 días hábiles siguientes a partir de que reciban dicha comunicación. Dejarán una copia del anexo cumplimentado en secretaría.

  • Pondrá gran cuidado cuando un alumno/a vaya a trasladarse a otro centro, en que entregue los libros de texto y comunicará al Equipo Directivo que la entrega se ha realizado correctamente. Así, la Dirección del Centro emitirá un certificado (Anexo IV) en el que se informará al nuevo centro de la entrega y el estado de conservación de los libros.

 

7.2.- ALUMNADO

  • El alumnado debe hacer un uso adecuado y cuidadoso de los libros y de reintegrarlos al centro una vez finalizado el curso escolar o en el momento de la baja por traslado.

  • Debe forrar los libros.

  • Solo escribirá su nombre en el espacio destinado para ello en la etiqueta.

  • No subrayará ni pondrá notas.

  • Al final de curso entregará los libros y restaurará los pequeños deterioros.

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